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[ SILO LABORAL · ~50% DE NUESTROS CASOS ]

Investigación laboral para empresas

Bajas IT fraudulentas, competencia desleal, hurtos internos, mobbing y mystery shopping. Pruebas con validez ante los Juzgados de lo Social y para despido disciplinario procedente. Atención prioritaria a empresas, RRHH y despachos laboralistas.

⚖️ Validez procesal LRJS 📋 Despido procedente 💶 Desde €70/h · Deducible 🤝 Coordinación con su laboralista
25% De nuestros casos
€70/h Tarifa base
ART 54 Despido procedente
TIP 3411 Habilitado oficial
[ TRABAJAMOS PARA ] 🏢 Empresas 👔 Dptos. RRHH ⚖️ Despachos laboralistas 🏪 Cadenas retail 🏭 Industria

[ 5 SUB-SERVICIOS DEL SILO ]

Qué cubre el área laboral

Bajas IT es el caso estrella del silo — la doctrina judicial consolidada respalda su uso procesal. Los otros 4 sub-servicios completan el espectro de necesidades de empresas y RRHH.

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Bajas IT fraudulentas y doble actividad

El caso laboral más demandado y con jurisprudencia más asentada. La empresa tiene un interés legítimo reconocido jurisprudencialmente en verificar la veracidad de una baja por incapacidad temporal cuando existen indicios de fraude: ausencias prolongadas, patrones sospechosos, doble actividad rumoreada por compañeros, partes médicos con justificación dudosa. Documentamos la realidad de la vida del trabajador durante el periodo de baja: actividad laboral paralela, esfuerzos físicos incompatibles con la patología declarada, viajes, comportamientos sociales que contradicen la incapacidad alegada.

Cuándo solicitarlo

  • Bajas IT recurrentes en mismas fechas (festivos, puentes)
  • Sospecha de doble actividad o empleo paralelo
  • Compañeros que reportan al trabajador activo fuera
  • Bajas largas sin evolución clínica clara
  • Trabajador con conflictividad interna previa

Qué documentamos

  • Actividad profesional paralela durante baja
  • Esfuerzos físicos incompatibles con la patología
  • Viajes y desplazamientos contradictorios
  • Horarios y rutinas reales del trabajador
  • Foto / vídeo con timestamp y cadena de custodia

Uso procesal

  • Despido disciplinario (art. 54.2.d ET)
  • Procedimiento sancionador interno
  • Defensa frente a demanda por despido improcedente
  • Ratificación personal del titular ante Juzgado de lo Social
  • Aporte al expediente del laboralista
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Competencia desleal del trabajador

El segundo escenario laboral más demandado, especialmente en sectores con alta dependencia de cartera de clientes (consultoría, comercial B2B, tecnología, servicios profesionales). Dos modalidades principales: durante la relación laboral (violación del deber de buena fe del art. 5 ET, montaje de empresa paralela, captación de clientes en horario laboral) y post-empleo (incumplimiento del pacto de no concurrencia del art. 21 ET, uso de know-how protegido, captación masiva de cartera). El informe sustenta tanto la sanción interna como la acción civil/mercantil por daños y perjuicios.

Casos típicos

  • Trabajador montando empresa paralela durante contrato
  • Captación de cartera para competencia (pre o post-empleo)
  • Uso de información confidencial / know-how
  • Violación de pacto de no concurrencia
  • Reunión con clientes sin autorización

Metodología

  • OSINT previo (LinkedIn, registros mercantiles, RRSS)
  • Vigilancia en horario laboral
  • Verificación de presencia en oficina competidora
  • Documentación de reuniones con clientes propios
  • Coordinación con departamento legal del cliente

Vías procesales

  • Sanción interna / despido disciplinario (art. 54.2.d ET)
  • Acción civil por daños (Ley Competencia Desleal)
  • Procedimiento por incumplimiento contractual
  • Medidas cautelares para frenar la captación
  • Aporte a procedimientos mercantiles del despacho
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Hurtos internos y shrinkage retail

La pérdida desconocida (shrinkage) en retail español promedia entre el 0,8% y el 1,5% de las ventas, y entre el 30% y el 50% se atribuye a sustracciones internas. En sectores logísticos y de almacén la cifra es similar. Cuando hay descuadres reiterados, faltas de stock no explicables o sospechas concretas sobre empleados, una investigación profesional permite acotar el problema sin acciones precipitadas. Operamos con Mystery Shopper, vigilancia de cámaras propias del cliente y observación discreta en horario operativo, hasta documentar la sustracción in fraganti o la conducta sistemática.

Cuándo solicitarlo

  • Descuadres reiterados de caja o stock
  • Faltas concretas en inventarios físicos
  • Patrón de pérdidas en turnos concretos
  • Soplo interno sobre empleado(s)
  • Anomalías en arqueos o devoluciones

Qué hacemos

  • Análisis de patrones de pérdida (turnos, días, productos)
  • Mystery shopping interno en punto de venta
  • Vigilancia con cámaras propias del cliente
  • Vigilancia de almacenes
  • Acotación al empleado o empleados implicados

Uso procesal

  • Despido disciplinario por hurto (art. 54.2.d ET)
  • Denuncia penal si supera el límite del art. 234 CP
  • Reclamación civil de cantidad sustraída
  • Procedimiento sancionador interno
  • Cierre de protocolo de prevención del shrinkage
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Mobbing y acoso laboral

Trabajamos en los dos lados del conflicto. Del lado de la empresa: verificación de denuncias internas de acoso para activar el protocolo correctamente, identificación de patrones que el departamento de RRHH no puede observar y aporte de elementos objetivos al procedimiento interno. Del lado del trabajador víctima: documentación de comportamientos hostiles sistemáticos (aislamiento, sobrecarga punitiva, comentarios denigrantes públicos, exclusión de comunicaciones, asignación de tareas degradantes) que permita fundamentar una demanda por extinción del contrato (art. 50 ET) con indemnización equivalente al despido improcedente o por vulneración de derechos fundamentales.

Lado empresa

  • Verificar veracidad de denuncia interna
  • Activar correctamente el protocolo de acoso
  • Identificar patrones organizativos
  • Aportar objetividad al instructor del expediente
  • Defensa frente a denuncias instrumentales

Lado trabajador víctima

  • Documentar conductas hostiles sistemáticas
  • Acreditar pluralidad y reiteración
  • Testigos colaterales identificables
  • Patrón temporal del acoso
  • Soporte para demanda por art. 50 ET

Marco procesal

  • Procedimiento interno de acoso (LPRL)
  • Extinción contrato con indemnización (art. 50 ET)
  • Demanda por vulneración de derechos fundamentales
  • Procedimiento penal si concurre delito (art. 173 CP)
  • Indemnización por daños morales
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Mystery shopping y control de red comercial

Herramienta legítima de control empresarial sobre su propia red: verificamos cumplimiento de protocolos, calidad de atención al cliente, respeto del horario, conducta del personal en punto de venta, ejecución de promociones, manejo de objeciones. Especialmente demandado por cadenas retail, redes franquiciadas, banca y seguros, hostelería y concesionarios de automoción. La diferencia con un mystery shopping estándar de marketing: lo ejecuta un detective con TIP, lo que permite que las conclusiones se documenten en un informe ratificable con valor procesal si terminan derivando en sanción disciplinaria o ruptura de contrato de franquicia.

Sectores típicos

  • Cadenas retail y centros comerciales
  • Redes franquiciadas (control marca)
  • Banca y oficinas comerciales
  • Concesionarios y automoción
  • Hostelería de cadena

Qué evaluamos

  • Cumplimiento de protocolos de atención
  • Calidad de servicio y discurso comercial
  • Respeto del horario y presencia en puesto
  • Ejecución correcta de promociones
  • Conducta del personal en interacción real

Entregables

  • Informe estructurado por punto evaluado
  • Anexo multimedia cuando procede
  • KPIs comparables entre tiendas / oficinas
  • Recomendaciones operativas
  • Soporte ratificable para sanciones internas

[ MARCO PROCESAL · DERECHO DEL TRABAJO ]

Artículos clave que respaldan nuestras pruebas

Los informes citan las normas aplicables y se elaboran pensando en su uso ante el Juzgado de lo Social. Esto facilita el trabajo del laboralista y refuerza la admisión procesal.

[ PREGUNTAS FRECUENTES · ÁREA LABORAL ]

Dudas habituales de empresas y laboralistas

Sí, con matices. La empresa tiene un interés legítimo legalmente reconocido en verificar la veracidad de una baja por incapacidad temporal cuando existen indicios racionales de fraude. La vigilancia debe realizarse en espacios públicos por detective con TIP, sin entrar en domicilios ni intervenir comunicaciones. La doctrina judicial consolidada ha admitido reiteradamente el informe del detective como prueba en procesos de despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual (art. 54.2.d ET).

Con vigilancia no uniformada documentada del trabajador durante el periodo de baja: presencia en otro centro de trabajo, actividad comercial paralela, viajes incompatibles con la patología declarada, esfuerzos físicos inconsistentes con la incapacidad alegada. Captamos foto y vídeo con timestamp y elaboramos un informe ratificable conforme al art. 96.1 LRJS. La prueba se presenta en el procedimiento sancionador interno y, si procede, en el despido disciplinario ante el Juzgado de lo Social.

Sí, es uno de los usos más frecuentes. Los informes de detective privado son medio de prueba admitido en el proceso social (arts. 90.1 y 96 LRJS) y han sido aceptados por la doctrina judicial consolidada como base suficiente para fundamentar un despido procedente por transgresión de la buena fe contractual. El detective titular comparece personalmente a ratificar el informe si la parte trabajadora lo impugna.

Sí, en ambos lados. Para empresas: verificación de denuncias internas, identificación de patrones organizativos y aporte de elementos objetivos al protocolo interno. Para trabajadores víctimas: acreditación de comportamientos hostiles sistemáticos (aislamiento, sobrecarga, comentarios denigrantes) que permitan fundamentar una demanda por extinción del contrato con indemnización (art. 50 ET) o por vulneración de derechos fundamentales.

Sí. Es uno de los servicios más demandados por despachos mercantiles y laboralistas. Investigamos: violación de pacto de no concurrencia (art. 21 ET), captación de clientes de la antigua empresa, uso de información confidencial o know-how, montaje de empresa pantalla durante la relación laboral. El informe da soporte tanto a la acción de daños y perjuicios en sede civil/mercantil como a la sanción interna si el trabajador sigue en plantilla.

Sí, plenamente. El mystery shopping por detective con TIP es una herramienta legítima de control empresarial sobre su propia red comercial — verificamos cumplimiento de protocolos, calidad de atención, horario, y conducta del personal en punto de venta. Se ejecuta sin grabación oculta del trabajador como persona física (lo que sería ilegal), sino documentando la experiencia de cliente y los datos observables.

Sí. Cuando la investigación está vinculada a la actividad de la empresa (control de bajas, due diligence sobre trabajadores, defensa frente a competencia desleal, protección del patrimonio empresarial), la factura es plenamente deducible como gasto profesional en el Impuesto sobre Sociedades o IRPF (si autónomo). La empresa debe conservar el contrato y el informe junto con la factura.

Sí, suele alegarlo, pero los tribunales aplican el test de proporcionalidad consolidado por la jurisprudencia (idoneidad, necesidad y ponderación). Cuando el detective opera en espacios públicos, con interés legítimo de la empresa y sin invadir el ámbito íntimo (domicilio, comunicaciones), la prueba se admite. La clave operativa: trabajamos siempre con cobertura legal y bajo asesoramiento del despacho laboralista del cliente, garantizando que la prueba sobrevive al test de proporcionalidad.

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Trabajamos directamente con empresas, departamentos de RRHH y despachos laboralistas. El detective titular escucha personalmente cada caso, evalúa la viabilidad procesal y entrega un presupuesto cerrado por escrito coordinado con su asesor laboral. Confidencialidad absoluta — protegida por contrato.

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