Contratar un detective privado paso a paso: el proceso | Investígalo Detectives

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Contratar un detective privado paso a paso: el proceso

Así funciona el proceso real: qué te preguntan en la primera llamada, cuándo se acepta un caso, cómo se investiga y qué pasa si el informe va a juicio.

Autor: G. Ruiz · Detective Titular Publicado: 15 de agosto de 2026 Extensión: 2.116 palabras

Un detective con más de 12 años de trabajo explica, paso a paso, qué ocurre desde la primera llamada hasta la ratificación del informe en el juzgado. Contratar un detective privado paso a paso es más sencillo de lo que se imagina la mayoría de la gente, pero hay dos puntos donde muchos encargos se caen: la información que el cliente aporta y el interés legítimo. Aquí cuento qué datos le vamos a pedir, por qué rechazamos algunos casos y por qué una baja laboral necesita más días de observación que una infidelidad.

La primera llamada: qué te van a preguntar antes de darte un presupuesto

El proceso siempre arranca igual: el cliente me expone su problema y yo empiezo a pedir detalles. No es curiosidad. Cada dato que me da cambia el modo de plantear el trabajo y, con él, el presupuesto.

Lo primero es la localidad desde la que nos llama. Después, cómo vive la persona investigada: si está en una zona residencial, en una urbanización, o en pleno casco urbano. No es lo mismo observar a alguien que sale de un portal en una calle con tráfico que a alguien que vive en una urbanización con una única entrada.

A partir de ahí, sus rutinas: a qué hora sale, si trabaja o no, en qué área laboral, y cómo se desplaza. Coche, a pie o transporte público. Ese detalle condiciona todo el dispositivo.

Mientras más información me den, hago un presupuesto más ajustado.

Es literal. Cuando un cliente llega con las rutinas claras y sabe cómo se mueve el investigado, el presupuesto se ajusta a lo que de verdad hace falta. Cuando llega sin nada, hay que contemplar más escenarios.

El interés legítimo: el filtro que decide si el caso se acepta

Antes de hablar de días, de dispositivos o de presupuesto, hago una pregunta que para mí es el filtro de entrada: qué relación tiene usted con la persona que quiere investigar. De esa respuesta depende que el encargo se pueda aceptar.

Si no hay un interés legítimo, no puedo aceptar el encargo.

El interés legítimo no es un trámite que yo me invento. Queda recogido en el contrato como declaración del propio cliente.

El interés legítimo ya lo pongo en el contrato, que es el cliente quien dice que hay un interés legítimo. No le pido una documentación como tal, a no ser que yo vea o sospeche que el cliente me está mintiendo.

Cuando sí sospecho, pido documentación acreditativa, y lo que pido depende del tipo de caso. Si es un asunto familiar, el libro de familia. Si es una baja laboral, la relación laboral que la empresa tiene con ese trabajador. Si es un asunto mercantil, las escrituras donde figure el socio. No es lo habitual, pero ocurre, y prefiero perder un encargo antes que aceptar uno que no debería existir.

Encargos que no se aceptan: hackear el móvil o el WhatsApp de la pareja

Cada mes me entran dos o tres llamadas pidiéndome algo que no se puede hacer. Casi siempre es la misma petición.

Me dicen que le hackee el móvil a su pareja porque sospecha que él es infiel y que entre en su WhatsApp, y eso no se puede hacer porque es ilegal.

En esas llamadas hago dos cosas. La primera, aclarar que lo que me piden es ilegal, sin rodeos. La segunda, replantear la situación: si lo que quieren es despejar una sospecha, hay una vía legal, que es un seguimiento hecho como se debe hacer. Una parte de esas personas acaba contratando un seguimiento y otra parte cuelga. Las dos salidas me parecen bien; lo que no voy a hacer es entrar en un teléfono.

Conviene decirlo claro porque circula la idea contraria: que un detective, si le pagas, entra en un móvil. No. Ese no es nuestro trabajo y quien lo ofrece no está trabajando dentro de la ley.

Presupuesto aceptado, contrato firmado: cómo se formaliza el encargo

Si el cliente acepta el presupuesto, el encargo se formaliza en tres pasos: provisión de fondos del 50%, firma del contrato y comienzo de las labores de investigación.

Para el contrato no hace falta que nadie venga con carpetas. No pido documentación física. Basta con los datos, la dirección y el número de DNI, tanto del cliente como de la persona investigada. Con eso el contrato queda formalizado y el trabajo puede arrancar.

Es la parte que más sorprende a quien nunca ha contratado una investigación: espera papeleo y lo que hay es una conversación detallada, un contrato y unos datos.

Cómo se investiga: primero fuentes abiertas, después trabajo de campo

La investigación no empieza en la calle. Empieza en fuentes abiertas, lo que en el oficio llamamos OSINT. Es la fase de recopilar y ordenar todo lo que se puede consultar sobre la persona investigada antes de mover a nadie.

Esa fase tiene una función muy concreta: llegar al campo sabiendo dónde ponerse y cuándo. Cada jornada de observación que se planifica bien es una jornada que no se desperdicia, y el cliente lo nota en el resultado.

Después viene el trabajo de campo. Ahí materializamos las pruebas documentales y fotográficas de lo que está haciendo la persona investigada. Hablamos siempre de jornadas o de días de observación, porque es la unidad con la que se planifica un seguimiento de detective privado: lo que importa no es un instante, sino lo que la persona hace a lo largo de un día y si eso se repite.

Bajas laborales: por qué el juzgado pide un mínimo de tres días

Cuando el encargo es una baja laboral, lo primero que explico al cliente es que no se puede hacer en un día. El mínimo son tres días de investigación para que las pruebas sean concluyentes y el juzgado las acepte.

El motivo es la práctica judicial. El juez pide tres días positivos para que quede demostrada una continuidad. Con un solo día, puede decir que se trata de un hecho aislado: quizá ese día la persona se encontraba mejor, quizá tenía que salir por una urgencia.

Con dos días hay dudas razonables, pero con tres, en la práctica judicial, ya se demuestra que hay una rutina y un patrón.

Esa es la diferencia entre una foto y una prueba. La foto documenta un momento; los tres días acreditan un comportamiento.

Con la infidelidad la lógica es otra:

Las bajas laborales no se resuelven en un día. En un día se puede resolver un caso de infidelidad, pero la baja laboral no.

En una infidelidad, un solo encuentro documentado ya responde a la pregunta que el cliente se hacía. En una baja no basta con verlo una vez fuera de casa: hay que demostrar que hace algo incompatible con su situación y que lo hace de forma habitual.

Para la empresa, el cálculo es sencillo. Una baja cuesta según el tiempo que dure: no hay productividad y encima hay que hacerse cargo del sueldo. Cuanto más se alarga una baja sobre la que existen dudas fundadas, más pesa en la cuenta de la empresa.

Qué pasa si los días presupuestados no dan resultado

Cuando terminamos los días presupuestados, nos sentamos a valorar si lo que tenemos basta para cerrar el caso. Si basta, se cierra. Si no, hacen falta más días y esos días se presupuestan aparte. No se cargan por sorpresa ni se dan por hechos.

Un caso reciente lo explica bien. Un cliente estaba convencido de que la baja laboral de su trabajador era fingida. Contratamos los tres días de rigor y no obtuvimos nada: en esas jornadas el investigado no hizo nada que contradijera su baja.

Le expliqué la situación tal cual: con eso no se va a ningún juzgado. El cliente mantenía su convicción, así que volvimos a presupuestar y prolongamos la investigación. En torno a los seis días de investigación llegó el resultado que buscábamos.

De aquí salen dos lecciones. La primera, que tres días son el mínimo, no una garantía. La segunda, que cuando el cliente conoce bien a su trabajador conviene escucharle: su intuición no es una prueba, pero muchas veces es un buen punto de partida.

El informe y la ratificación en el juzgado

Con las pruebas concluyentes en la mano, cerramos el caso, elaboramos el informe y se lo enviamos al cliente. A partir de ahí, la decisión es suya: puede usarlo para tomar una determinación interna o presentarlo en un procedimiento.

Si decide llevarlo a juicio, el día de la vista acudimos a ratificar el informe. Es la última fase del encargo y forma parte del servicio: un informe que nadie ratifica ante el juez pierde buena parte de su valor. Quien firma las pruebas responde de ellas en sala.

Redes sociales y balizas: apoyos útiles que no sustituyen al seguimiento

Las redes sociales se han convertido en una herramienta de trabajo, pero hay que saber qué valor tienen.

Las redes sociales es importante y ayuda mucho, pero no es algo 100% seguro, porque una persona puede repostear algo que sucedió el día de ayer, no lo tiene por qué repostear al momento.

Una publicación no acredita dónde estaba alguien a la hora en que apareció en pantalla. Puede corresponder a un hecho del día anterior. Por eso nunca sostenemos un caso sobre una captura de pantalla.

Lo que sí hacen las redes es abrirte una puerta:

Gracias a alguna publicación he tenido un hilo del que tirar y, a raíz de esa publicación, he trasladado los servicios de observación y a partir de allí he empezado la investigación.

Ese es su papel real: una publicación te indica un sitio, una actividad o una compañía, y ahí llevas la observación de campo. La prueba la construye el seguimiento; la publicación solo te dice por dónde empezar.

Con las balizas de localización pasa algo parecido. Hace diez años su uso era bastante más complicado. La tecnología ha avanzado y hoy existen balizas que dan la posición exacta. Aun así, la baliza es un complemento al seguimiento, no un sustituto. Te dice dónde está un vehículo; no te dice qué está haciendo la persona, y lo que un juzgado valora es lo segundo.

Conclusión

Si tuviera que resumir en una frase cómo se contrata bien una investigación, sería esta: llegue a la primera llamada con toda la información que tenga. Localidad, tipo de zona, rutinas, si trabaja y cómo se desplaza. Cuanta más información me dé, más ajustado será el presupuesto y menos días de observación se gastarán en averiguar cosas que usted ya sabía.

Y desconfíe de quien le ofrezca atajos. Si le prometen entrar en un móvil, le están ofreciendo algo ilegal que además no le va a servir de nada ante un juez.

Si quiere plantearnos un caso, puede escribirnos desde nuestra página de servicios o consultar directamente nuestras tarifas antes de llamar.

Preguntas frecuentes

¿Puede un detective privado entrar en el móvil o el WhatsApp de mi pareja?

No. Es ilegal y no lo hacemos. Recibo dos o tres llamadas al mes pidiéndolo, y en todas explico lo mismo: eso no se puede hacer. Si lo que se quiere es despejar una sospecha de infidelidad, la vía legal es un seguimiento.

¿Qué documentación tengo que llevar para contratar la investigación?

No hace falta documentación física. Basta con que me facilite los datos, la dirección y el número de DNI, tanto suyos como de la persona investigada. Con eso se formaliza el contrato. Solo pido documentación acreditativa del interés legítimo si sospecho que el cliente no me está diciendo la verdad; en ese caso, según el asunto, puede ser el libro de familia, la relación laboral con el trabajador o las escrituras de la sociedad.

¿Cuántos días de seguimiento necesita una baja laboral?

Un mínimo de tres días. El juez pide tres días positivos para que quede acreditada una continuidad. Con uno puede considerarse un hecho aislado y con dos quedan dudas razonables.

¿Se puede resolver un caso de infidelidad en un solo día?

Sí, puede resolverse en una sola jornada. Es la diferencia con la baja laboral, que no se resuelve en un día porque hay que demostrar rutina y patrón.

¿Qué pasa si al acabar los días contratados no hay pruebas suficientes?

Al terminar los días presupuestados valoramos si lo obtenido basta para cerrar el caso. Si hacen falta más días, se presupuestan aparte y el cliente decide. Me ha ocurrido con una baja laboral en la que los tres días iniciales no dieron resultado: prolongamos la investigación y en torno a los seis días llegó el resultado.

¿El detective acude al juicio a defender su informe?

Sí. Si el cliente decide presentar el informe a juicio, acudimos el día de la vista a ratificarlo.

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